Contribuyentes en Chile deben declarar ingresos en criptomonedas

Los ciudadanos deben agregar en su declaración anual de impuestos todas las ganancias que percibieron en criptomonedas en un nuevo apartado que tendrá el formulario número veintidós.

Algunos contribuyentes consideran que esta medida le otorga una mayor legitimidad a las operaciones con monedas virtuales, debido a que estos activos aún no tienen una regulación oficial.

La declaración

Según la información publicada por diversos medios de comunicación chilenos, las personas residentes en el país latinoamericano deberán declarar sus ganancias por concepto de operaciones con monedas digitales ante el Servicio de Impuestos Internos (SII).

El organismo tributario de la nación suramericana decretó el año pasado que las monedas digitales no estaban sujetas al pago del Impuesto sobre el Valor Agregado (IVA), pero sí informó que estas deben ser consideradas para el cálculo del Impuesto Sobre La Renta (ISLR), el cual debe pagarse cada año.

Entonces, para hacer el reporte correspondiente, el formulario número veintidós incluirá, por primera vez en la historia, un apartado especialmente diseñado para dicho fin.

El espacio estará destinado para otras rentas propias y/o de terceros provenientes de empresas que declaren su renta efectiva y no la declaren según contabilidad completa o atribuidas, de acuerdo con las disposiciones establecidas en el artículo 14, letra C, n°1.

Aunque no queda detallado de forma explícita en el apartado mencionado con anterioridad, de acuerdo con un comunicado lanzado por el Servicio de Impuestos Internos a finales del año pasado, bajo esta categoría se deben declarar las rentas provenientes de la venta de monedas extranjeras de curso legal o de activos digitales virtuales, como las criptomonedas.

Pago del IVA

De acuerdo con un oficio firmado en mayo del 2018, el Servicio de Impuestos Internos determinó que los criptoactivos no estaban sujetos al pago del IVA.

Sin embargo, las personas que comercialicen con ellos deben registrar las operaciones en facturas exentas de impuestos, con la finalidad de que el organismo tributario pueda seguir haciéndole seguimiento a las operaciones.

Con motivo del auge que ha tenido la comercialización de estos activos en el territorio nacional, así como el hecho de que muchas personas los emplean como monedas válidas para el comercio de productos y servicios, el organismo tributario decidió hacer seguimiento a las operaciones realizadas con estas divisas.